Vencía el 31 de diciembre y se dispuso extender el plazo atendiendo a razones operativas y a una demanda expresa del sector para concluir de regularizar su situación.
El presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), Jorge Amaya, decidió juntamente con el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Julián Domínguez, prorrogar la inscripción obligatoria de los productores de granos de cereales y oleaginosas en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa), hasta el 31 de marzo de 2011.
El Senasa, atendiendo a razones operativas y a una demanda expresa del sector decidió, por única vez y con carácter de excepción, extender el plazo que vencía el 31 de diciembre, con el objetivo de que los productores continúen realizando los trámites de inscripción y registro, regularizando así su situación frente al organismo sanitario, y sin que esto implique ninguna medida que afecte la comercialización de sus productos por parte del Servicio.
Desde el 1º de enero de 2010 los productores agrícolas de granos de oleaginosas, cereales y otras de todo el país debieron registrarse obligatoriamente en el Renspa, a fin de seguir avanzando en el cronograma de inscripción gradual.
Durante el 2008 se inició la inscripción de los productores de frutas, hortalizas y material de propagación, es decir plantas y/o sus partes para su posterior implantación y/o difusión (con excepción de la semilla botánica). En 2009 se realizó la inscripción de productores de plantas ornamentales, aromáticas, florales, industriales y forestales. Este año y hasta el 31 de marzo de 2011, se completará el abanico de sectores registrados con la inscripción de los productores de oleaginosas, cereales y otras.
El Registro, es un paso necesario para iniciar la trazabilidad de los productos agrícolas; una herramienta clave para identificar el origen de los productos y aplicar acciones preventivas y correctivas en caso de detectarse anomalías que pueden poner en riesgo la sanidad vegetal, la salud animal, el consumo humano y el comercio nacional e internacional.
Para inscribirse en el Renspa el productor debe concurrir a la oficina del Senasa más próxima al predio productivo con:
Documento Nacional de Identidad; Comprobante de su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT); título de propiedad del predio rural o contrato de locación o comodato que acredite su relación productiva con la ubicación del predio; identificación catastral del predio y comprobante de un servicio público o certificado de domicilio, emitido por la policía provincial.
Asimismo esta disponible en la página de internet del Senasa para su impresión, el formulario de inscripción que los productores deberán presentar en la Oficina al momento de realizar el trámite.
El presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), Jorge Amaya, decidió juntamente con el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Julián Domínguez, prorrogar la inscripción obligatoria de los productores de granos de cereales y oleaginosas en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa), hasta el 31 de marzo de 2011.
El Senasa, atendiendo a razones operativas y a una demanda expresa del sector decidió, por única vez y con carácter de excepción, extender el plazo que vencía el 31 de diciembre, con el objetivo de que los productores continúen realizando los trámites de inscripción y registro, regularizando así su situación frente al organismo sanitario, y sin que esto implique ninguna medida que afecte la comercialización de sus productos por parte del Servicio.
Desde el 1º de enero de 2010 los productores agrícolas de granos de oleaginosas, cereales y otras de todo el país debieron registrarse obligatoriamente en el Renspa, a fin de seguir avanzando en el cronograma de inscripción gradual.
Durante el 2008 se inició la inscripción de los productores de frutas, hortalizas y material de propagación, es decir plantas y/o sus partes para su posterior implantación y/o difusión (con excepción de la semilla botánica). En 2009 se realizó la inscripción de productores de plantas ornamentales, aromáticas, florales, industriales y forestales. Este año y hasta el 31 de marzo de 2011, se completará el abanico de sectores registrados con la inscripción de los productores de oleaginosas, cereales y otras.
El Registro, es un paso necesario para iniciar la trazabilidad de los productos agrícolas; una herramienta clave para identificar el origen de los productos y aplicar acciones preventivas y correctivas en caso de detectarse anomalías que pueden poner en riesgo la sanidad vegetal, la salud animal, el consumo humano y el comercio nacional e internacional.
Para inscribirse en el Renspa el productor debe concurrir a la oficina del Senasa más próxima al predio productivo con:
Documento Nacional de Identidad; Comprobante de su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT); título de propiedad del predio rural o contrato de locación o comodato que acredite su relación productiva con la ubicación del predio; identificación catastral del predio y comprobante de un servicio público o certificado de domicilio, emitido por la policía provincial.
Asimismo esta disponible en la página de internet del Senasa para su impresión, el formulario de inscripción que los productores deberán presentar en la Oficina al momento de realizar el trámite.
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