La UE aprueba el uso de dos nuevos ingredientes alimentarios para complementos alimenticios y productos como refrescos y comidas preparadas.
La Unión Europea acaba de aprobar el uso de dos nuevos ingredientes para uso alimentario. Uno de ellos es el extracto de micelio de la seta shiitake y el otro se denomina quitina-glucano de Aspergillus niger. El primero podrá utilizarse como ingrediente en refrescos, comidas preparadas, alimentos a base de yogur y complementos alimenticios. El segundo, en complementos alimenticios. Ambos usos están sometidos a rigurosas condiciones de etiquetado y de cantidades máximas para garantizar un consumo seguro.
De la mano de la ciencia y la tecnología llegan a los mercados nuevos productos destinados al consumo humano. Tan diversos como novedosos, tienen algo en común: antes de comercializarse deben pasar un proceso de evaluación que garantice su seguridad. Para ello, la Unión Europea cuenta desde 1997 con un reglamento sobre nuevos ingredientes alimentarios que abarca cinco categorías distintas, en función de las tecnologías aplicadas o el origen de los alimentos. Por la gran diversidad de estos nuevos alimentos, cada propuesta de aprobación se somete a rigurosas evaluaciones. Es el caso de las últimas decisiones adoptadas, que aprueban el uso de un extracto de seta shiitake y de quitina-glucano de Aspergillus niger.
Dos nuevos ingredientes
La seta shiitake, de origen chino, se consume sobre todo en países como Japón, China o Corea, aunque también se ha extendido a otras zonas como Estados Unidos. En 2007, las autoridades británicas recibieron una solicitud para poder comercializar el extracto de micelio de esta seta, ''Lentinula edades'', para consumo. Tras una rigurosa evaluación, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) establece que su uso como ingrediente alimentario es seguro, en concreto para productos de pan, refrescos, comidas preparadas o alimentos a base de yogur. Para poder comercializarse, el etiquetado de los productos debe especificar que contienen ''extracto de seta Lentinula edodes'' o ''extracto de seta shiitake''.
De acuerdo con las nuevas aprobaciones, ciertos complementos alimenticios podrán contener quitina-glucano de ''Aspergillus niger'', un producto de origen fúngico destinado al mercado alimentario y farmacéutico. Según el dictamen de la EFSA, utilizarlo en complementos alimenticios es seguro siempre que se sigan los niveles de ingesta y de uso propuestos, es decir, sin exceder la dosis máxima de cinco gramos al día. La propuesta sobre este nuevo ingrediente alimentario se originó en 2008 en Bélgica.
En los dos casos, los pasos que se han seguido han sido similares: cuando un producto nuevo se evalúa por primera vez en la UE, la propuesta se envía a todos los Estados miembros para que lo aprueben si estiman oportuno. Si no hay acuerdo, asume el caso el Comité Científico de la Alimentación (SCF), formado por expertos independientes que supervisan los aspectos científicos y la seguridad alimentaria, la toxicología y la higiene de la cadena de producción.
Las condiciones para que un ingrediente nuevo pueda introducirse en el mercado son claras y contundentes: no debe suponer un riesgo para el consumidor ni inducirle a error. Para conseguir que el proceso sea exitoso, la Comisión Europea cuenta con el asesoramiento del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Sanidad Animal. La norma contempla no solo la puesta en el mercado de nuevos alimentos e ingredientes seguros, sino que se aplica también a otros que no han estado en el mercado comunitario en un grado significativo antes de la entrada en vigor del reglamento, en mayo de 1997. En la lista se incluye información como:
* Alimentos e ingredientes que contengan organismos modificados genéticamente (OMG).
* Alimentos e ingredientes elaborados a partir de OMG, aunque no contengan.
* Sustancias que contengan microorganismos u hongos.
* Ingredientes que se hayan sometido a un proceso de producción no utilizado de forma habitual o si este proceso provoca cambios significativos en la composición o estructura de los alimentos, que afectan a su valor nutritivo.
Cuando un producto tiene el beneplácito de las autoridades sanitarias europeas, entra a formar parte del ''Catálogo de Nuevos Alimentos'', que indica si un ingrediente se incluye o no en el Reglamento de Nuevos Alimentos. Una de las particularidades de esta lista es que está en constante evolución porque se adapta a las nuevas demandas. A ella tienen acceso todos los Estados miembros.
Uno de los aspectos que más debate ha generado en el ámbito de los nuevos alimentos ha sido la seguridad de los productos de consumo habitual en países no comunitarios, pero que en la UE sí se consideran nuevos porque no hay una tradición de consumo. En estos casos, las discusiones se centran en la evaluación toxicológica y de la ingesta y en la alergenicidad de los nuevos alimentos. Además, también se plantean dudas sobre los métodos utilizados para la producción de alimentos, como la nanotecnología. Algunas de las pruebas que se aplican antes de aprobar un nuevo ingrediente se centran en la detección de efectos crónicos, reproductivos y de desarrollo, neurotoxicológicos e inmunológicos y en la interacción con otros alimentos o medicamentos.
alimentariaonline
La Unión Europea acaba de aprobar el uso de dos nuevos ingredientes para uso alimentario. Uno de ellos es el extracto de micelio de la seta shiitake y el otro se denomina quitina-glucano de Aspergillus niger. El primero podrá utilizarse como ingrediente en refrescos, comidas preparadas, alimentos a base de yogur y complementos alimenticios. El segundo, en complementos alimenticios. Ambos usos están sometidos a rigurosas condiciones de etiquetado y de cantidades máximas para garantizar un consumo seguro.
De la mano de la ciencia y la tecnología llegan a los mercados nuevos productos destinados al consumo humano. Tan diversos como novedosos, tienen algo en común: antes de comercializarse deben pasar un proceso de evaluación que garantice su seguridad. Para ello, la Unión Europea cuenta desde 1997 con un reglamento sobre nuevos ingredientes alimentarios que abarca cinco categorías distintas, en función de las tecnologías aplicadas o el origen de los alimentos. Por la gran diversidad de estos nuevos alimentos, cada propuesta de aprobación se somete a rigurosas evaluaciones. Es el caso de las últimas decisiones adoptadas, que aprueban el uso de un extracto de seta shiitake y de quitina-glucano de Aspergillus niger.
Dos nuevos ingredientes
La seta shiitake, de origen chino, se consume sobre todo en países como Japón, China o Corea, aunque también se ha extendido a otras zonas como Estados Unidos. En 2007, las autoridades británicas recibieron una solicitud para poder comercializar el extracto de micelio de esta seta, ''Lentinula edades'', para consumo. Tras una rigurosa evaluación, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) establece que su uso como ingrediente alimentario es seguro, en concreto para productos de pan, refrescos, comidas preparadas o alimentos a base de yogur. Para poder comercializarse, el etiquetado de los productos debe especificar que contienen ''extracto de seta Lentinula edodes'' o ''extracto de seta shiitake''.
De acuerdo con las nuevas aprobaciones, ciertos complementos alimenticios podrán contener quitina-glucano de ''Aspergillus niger'', un producto de origen fúngico destinado al mercado alimentario y farmacéutico. Según el dictamen de la EFSA, utilizarlo en complementos alimenticios es seguro siempre que se sigan los niveles de ingesta y de uso propuestos, es decir, sin exceder la dosis máxima de cinco gramos al día. La propuesta sobre este nuevo ingrediente alimentario se originó en 2008 en Bélgica.
En los dos casos, los pasos que se han seguido han sido similares: cuando un producto nuevo se evalúa por primera vez en la UE, la propuesta se envía a todos los Estados miembros para que lo aprueben si estiman oportuno. Si no hay acuerdo, asume el caso el Comité Científico de la Alimentación (SCF), formado por expertos independientes que supervisan los aspectos científicos y la seguridad alimentaria, la toxicología y la higiene de la cadena de producción.
Las condiciones para que un ingrediente nuevo pueda introducirse en el mercado son claras y contundentes: no debe suponer un riesgo para el consumidor ni inducirle a error. Para conseguir que el proceso sea exitoso, la Comisión Europea cuenta con el asesoramiento del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Sanidad Animal. La norma contempla no solo la puesta en el mercado de nuevos alimentos e ingredientes seguros, sino que se aplica también a otros que no han estado en el mercado comunitario en un grado significativo antes de la entrada en vigor del reglamento, en mayo de 1997. En la lista se incluye información como:
* Alimentos e ingredientes que contengan organismos modificados genéticamente (OMG).
* Alimentos e ingredientes elaborados a partir de OMG, aunque no contengan.
* Sustancias que contengan microorganismos u hongos.
* Ingredientes que se hayan sometido a un proceso de producción no utilizado de forma habitual o si este proceso provoca cambios significativos en la composición o estructura de los alimentos, que afectan a su valor nutritivo.
Cuando un producto tiene el beneplácito de las autoridades sanitarias europeas, entra a formar parte del ''Catálogo de Nuevos Alimentos'', que indica si un ingrediente se incluye o no en el Reglamento de Nuevos Alimentos. Una de las particularidades de esta lista es que está en constante evolución porque se adapta a las nuevas demandas. A ella tienen acceso todos los Estados miembros.
Uno de los aspectos que más debate ha generado en el ámbito de los nuevos alimentos ha sido la seguridad de los productos de consumo habitual en países no comunitarios, pero que en la UE sí se consideran nuevos porque no hay una tradición de consumo. En estos casos, las discusiones se centran en la evaluación toxicológica y de la ingesta y en la alergenicidad de los nuevos alimentos. Además, también se plantean dudas sobre los métodos utilizados para la producción de alimentos, como la nanotecnología. Algunas de las pruebas que se aplican antes de aprobar un nuevo ingrediente se centran en la detección de efectos crónicos, reproductivos y de desarrollo, neurotoxicológicos e inmunológicos y en la interacción con otros alimentos o medicamentos.
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