lunes, 28 de marzo de 2011

Para Crea se debe revisar el mecanismo de cálculo de FAS teórico

No se puede calcular a partir de la comercialización del precio de pellets y aceite de soja. En 2010 la industria procesó unos 36,8 millones de toneladas.
(NAP) CREA consideró que “ya no es del todo exacto realizar el cálculo del FAS teórico de las fábricas oleaginosas sólo a partir de la comercialización de pellets y aceite de soja".
La capacidad de pago de buena parte de la industria aceitera cambió en los últimos años a partir del corte obligatorio de los combustibles con un porcentaje de biodiesel.
“En 2010, la capacidad teórica de pago de una industria que dedicara toda la producción de aceite de soja para elaboración y comercialización de biodiesel con destino al mercado interno fue sustancialmente superior al resto de los modelos de negocios como exportación de pellet más aceite de soja y de pellet más biodiesel”, indicó el Consorcios Regionales de Experimentación Agrícola (CREA) en un análisis.
Los precios del biocombustible establecidos por la Secretaría de Energía fueron superiores a los valores de exportación (FOB) durante la mayor parte del año 2010.
La entidad consideró que “ya no es del todo exacto realizar el cálculo del FAS teórico de las fábricas oleaginosas sólo a partir de la comercialización de pellets y aceite de soja".
En febrero de 2010, el Gobierno nacional instrumentó, por medio resolución 7/10 de la Secretaría de Energía, la distribución de un cupo de 859.820 toneladas de biodiesel entre 19 empresas elaboradoras para poder cumplir con el corte obligatorio del cinco por ciento en gasoil dispuesto por la Ley 26.093.
A mediados de julio pasado comenzó a regir la ampliación del corte obligatorio al siete por ciento, para lo cual se sumaron cuatro empresas más.
La resolución 7/10 establece que el precio que reciben las empresas elaboradoras de biodiesel que comercializan el producto en el marco del cupo interno debe ser fijado mensualmente por la Secretaría de Energía de la Nación, a partir de la aplicación de una fórmula que considera las variaciones de precios registradas por el aceite de soja.
Sin embargo, a mediados de agosto de 2010 la Secretaría de Comercio Interior emitió una resolución (295/10) por medio de la cual se determinó congelar los precios de los combustibles líquidos (biodiesel incluido).
A partir de octubre, el precio oficial del biodiesel fue parcialmente liberado, pero a fines de enero pasado la Secretaría de Comercio Interior volvió a congelar los precios hasta nuevo aviso (resolución 13/11).
Para las grandes compañías aceiteras el impacto de esa ventaja, precio diferencial del biodiesel con destino al mercado local, es aún limitado porque en 2010 recibieron un cupo interno del orden de 230.000 toneladas de biodiesel, el cual se obtiene al procesar alrededor de 1,30 millones de toneladas de soja.
Sin embargo, el diferencial de precio sí es importante para el resto de los operadores del mercado de biodiesel.
El año pasado se declararon exportaciones argentinas de biodiesel por un total de casi 1,40 millones de toneladas (datos de la posición arancelaria 3824.90.29.100P de los registros del Sistema María/Afip).
Para obtener ese volumen del biocombustible es necesario procesar alrededor de 8 millones de toneladas de poroto de soja.
Es decir: la evolución del negocio de la exportación de biodiesel sí tiene impacto en los márgenes de la industria oleaginosa que opera con dicho producto.
Pero el hecho de que la Secretaría de Energía no haya publicado aún el valor oficial de biodiesel para el cupo interno correspondiente al mes de enero de 2011, a causa de la intervención promovida por la Secretaría de Comercio Interior, genera incertidumbre en el sector.
Especialmente se sienten afectadas las pymes elaboradoras de biodiesel que no tienen espalda financiera para operar durante mucho tiempo a contra margen